Desplazamientos Interislas

El día 15 de febrero de 2019 se publicó la nueva convocatoria de ayudas para desplazamientos entre las Islas Baleares para competiciones del programa oficial. Y, el 25 de junio de 2020 se estableció la solicitud de estas ayudas a través del siguiente trámite telemático en la web del Govern de les Illes Balears:

https://www.caib.es/seucaib/es/tramites/tramite/3663987/

REQUISITOS

PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTAR SOLICITUDES ES DE 15 DÍAS HÁBILES ANTES DEL INICIO DE LA PRUEBA DEPORTIVA.

2.2 Para poder ser beneficiarios, es necesario que los deportistas dispongan de la correspondiente licencia federativa de las Islas Baleares vigente para toda la temporada deportiva (o de la española en el caso del apartado d del punto 2.1) de las categorías infantil, cadete, juvenil o junior y absoluta en el momento de hacer el desplazamiento y empadronados en un municipio de las Islas Baleares. En ningún caso serán objeto de esta convocatoria los traslados de los deportistas con licencia federativa por un día o una prueba.

2.3 Para unificar criterios entre los diferentes reglamentos de las federaciones deportivas, se entiende que un deportista pertenece a la categoría infantil cuándo ha hecho trece años (13) el año o temporada de la prueba o competición deportiva.

2.4 Quedan excluidos de la aplicación de esta convocatoria los deportistas con contrato profesional, como también los desplazamientos para participar en competiciones de carácter profesional. Se entiende que tienen carácter profesional las competiciones que el Consell Superior d'Esports haya calificado así, visto el artículo 46 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, estatal del deporte.

Serán criterios para la calificación de competiciones de carácter profesional, entre otros, la existencia de vínculos laborales entre Clubs y deportistas y la importancia y dimensión económica de la competición. En ningún caso serán objeto de esta convocatoria de subvenciones las pruebas deportivas con una dotación global económica a partir de dos mil euros (2.000,00€).

2.5 En aplicación del artículo 4 de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano, no su objeto de esta convocatoria las competiciones de tiro a pichón y codorniz, a brazo o colombaire, a brazo mecánico o tubo, o a jaula.

2.6 También quedan excluidos de la aplicación de esta convocatoria:

a) Los traslados únicamente y exclusivamente de animales y material deportivo para la competición deportiva, así como el traslado de material que tenga la consideración de carga de mercancía.

b) Los traslados de animales y/o material deportivo por vía marítima, cuando la mayoría de los deportistas se trasladan en avión.

c) Los traslados para participar además de una prueba deportiva, cuando una de estas pruebas deportivas no se objeto de esta convocatoria de subvenciones.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

A. - Fotocopia del NIF del club deportivo.

- Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud, junto con la documentación que acredite la representación en que actúa.

NOTA: no hay que adjuntar la documentación mencionada en el apartado A, en caso de que la entidad solicitante haya presentado esta documentación con anterioridad a la Dirección General de Deportes y Juventud, siempre que no hayan transcurrido más de dos años desde la presentación y no haya experimentado ningún cambio. En este supuesto, hay que indicar la fecha de presentación, el órgano o dependencia y el procedimiento a que hace referencia.

B. Fotocopia de los DNI/NIE de los deportistas y entrenadores.

C. Fotocopia del calendario federativo de la prueba o liga deportiva.

D. Certificado de la federación balear correspondiente de los deportistas y entrenadores federados relativa a la licencia en vigor, edad, club deportivo y de la inscripción a la prueba, campeonato o liga.

NOTA: Si la solicitud la presenta una Federación Deportiva de las Islas Baleares, no es necesario presentar la documentación prevista en el apartado A.

PLAZO MÁXIMO

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar las resoluciones es de tres meses desde la fecha de presentación de las solicitudes.

FORMA DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes relativas a este procedimiento administrativo deben ser presentadas mediante su trámite telemático. Para poder hacer este tipo de envíos, tiene que identificarse mediante alguno de los sistemas que visualizará al iniciar el trámite. Puede consultar estos sistemas en el apartado de «Identificación y firma eletrónica» de la Sede Electrónica.

ÓRGANO COMPETENTE PARA LA TRAMITACIÓN

Dirección General de Deportes

CONTACTO

Dirección General de Deportes

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears). Tel.: 971178999 - Fax: 971178907

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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